¿Cómo puedo usar en mi obra los derechos de autor o de marca de un tercero?  

Podrás incorporar a tu obra derechos de autor o marcas de un tercero siempre y cuando esté justificado por las limitaciones y excepciones previstas en la legislación aplicable en materia de marcas y derechos de autor.

Ten en cuenta que no todos los países reconocen las mismas limitaciones y excepciones en cuanto a las infracciones de derechos de autor o marcas y que su interpretación puede variar de unos países a otros. Por ejemplo, en España no existe la eximente de uso leal prevista en el ordenamiento estadounidense, ya sea en relación con el uso de marcas o de derechos de autor (aunque existen otras excepciones o eximentes limitadas a las que podrías acogerte, en función de todas las circunstancias).

¿Existen usos autorizados de las marcas?

Si un juez tuviera que examinar si el uso por tu parte de la marca de un tercero queda cubierto por una excepción de infracción de marca, valoraría, entre otros aspectos, si tu obra constituye un uso descriptivo de la marca. Algunas marcas tienen un sentido descriptivo además de su significado secundario como palabra registrada, por ejemplo el término «apple». Aun cuando «apple» es una marca registrada, su sentido descriptivo, obviamente, se refiere a la fruta.

En todo caso, tu ilustración no debe generar confusión en el mercado. Dicho de otro modo, debes plantearte si el consumidor creería que es el titular de la marca el que comercializa tu ilustración o que ésta cuenta con su aval.

El uso autorizado de las marcas es una cuestión realmente peliaguda y lo que en un caso puede ser permisible, en otro, no lo es. Si crees que tu ilustración representa un uso admisible, o si simplemente no estás seguro de si vulnera los derechos de un tercero, es mejor que consultes con un abogado.

No olvides que el uso autorizado es la excepción, y que sólo resulta de aplicación en contados casos.

 


Aviso legal:

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